Los títulos náuticos deben renovarse cada 10 años, excepto las personas mayores de 70 años, que deberán renovar cada 5 años. El certificado PER o para otros títulos náuticos es imprescindible.
Las solicitudes, junto con el certificado PER y otros títulos náuticos que te facilitemos, deberán presentarse en: Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural.
A tener en cuenta
- Realizamos y te entregamos en el acto el certificado de aptitudes psicofísicas obligatorio para la obtención o renovación de tu título de patrón.
- Sólo necesitas traer tu DNI.
- Necesitarás una fotografía de carnet, que te podemos hacer nosotros o bien traer tú.
- Necesario cita previa.
- Parking gratuito.